¿Qué se consideran daños personales tras un accidente de tráfico?
En la mayoría de los accidentes de tráfico, además de los daños ocasionados en los vehículos siniestrados, también se producen lesiones en las personas que viajan en los mismos, ya sean conductores, ocupantes de los vehículos, o incluso peatones. Son los denominados daños personales, por los que, evidentemente, se puede reclamar una indemnización.
Los daños personales pueden consistir en:
- Lesiones temporales, que se definen en el artículo 134.1 de la Ley 35/2015, como el periodo temporal que transcurre desde el momento del accidente hasta el final del proceso curativo, o la estabilización de la lesión.
- Secuelas, que se definen en el artículo 93 de la Ley 35/2015, como las deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales, así como los perjuicios estéticos que derivan de una lesión y permanecen una vez finalizado el proceso de curación.
- Otros perjuicios económicos derivados de gastos soportados (daño emergente), o incluso ganancias dejadas de obtener como consecuencia del periodo de curación (lucro cesante).
Las indemnizaciones por daños personales derivadas de accidente de tráfico van a depender de diferentes factores, entre los que se encuentran los días invertidos en la curación.
¿Cubre el seguro los daños personales tras un accidente de tráfico?
Si, el seguro cubre estos daños personales causados en accidente de tráfico, y se podrán reclamar a la compañía aseguradora.
El artículo 1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece que el conductor de un vehículo a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
Esa responsabilidad civil del conductor en un accidente de tráfico, normalmente se encuentra cubierta por un Seguro Obligatorio de Automóvil, por lo que todos esos daños personales producidos, de los que, en principio, el responsable sería el conductor que los provoca, estarían cubiertos y podrán reclamarse a la compañía aseguradora del vehículo.
¿Cómo reclamar una indemnización por daños personales tras un accidente de tráfico?
La reclamación por daños personales por accidente de tráfico deberá formularse directamente a la compañía aseguradora del vehículo responsable del accidente, en el plazo máximo de un año desde la fecha de la curación o estabilización de las lesiones.
En cualquier caso, lo aconsejable es reclamar estos daños personales en el menor plazo posible, ya que siempre es aconsejable que la compañía sea plenamente consciente desde el inicio de la existencia de daños y lesiones, al objeto de poder iniciar cualquier tipo de tratamiento de rehabilitación, o incluso iniciar exploraciones médicas para el correcto cálculo de la posible indemnización a percibir.
¿Cuánto te dan de indemnización por daños personales tras un accidente de tráfico?
Las indemnizaciones por daños personales derivadas de accidente de tráfico van a depender de diferentes factores, entre los que se encuentran los días invertidos en la curación (dentro de esos días habrá que tener en consideración el perjuicio o limitación soportada durante el tratamiento), e igualmente se deberá tener en consideración el posible perjuicio que reste como secuela a la finalización del tratamiento.
Los importes de las indemnizaciones por daños personales causados por accidentes de tráfico se establecen en el denominado “Baremo”, que para accidentes ocurridos a partir del día 01/01/2016, se fijaron mediante la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
La citada Ley contiene un cuadro muy completo para la fijación de las indemnizaciones por muerte, secuelas, días de curación, y cualquier otro perjuicio sufrido por cualquier lesionado por un accidente de tráfico.
En la citada Ley se definen los días de curación como:
Muy Grave, como por ejemplo la estancia en UCI de hospital.
Grave, como por ejemplo la estancia hospitalaria (no en UCI).
Moderado, como por ejemplo el periodo de baja laboral.
Básico, el periodo de curación hasta el alta médica.
Para cada día se fija una cuantía, cuyo importe se va actualizando anualmente.
Igualmente, en la citada Ley se especifica la valoración de cada secuela, según su importancia, así como la edad del lesionado, de tal manera que a mayor gravedad de la secuela la indemnización será superior; e igualmente la indemnización por idénticas secuelas, será mayor cuanto más joven sea el perjudicado.
¿Quién paga la indemnización?
Las indemnizaciones son abonadas por la Entidad Aseguradora del vehículo responsable del accidente.
En caso de que el vehículo no tuviera concertado el seguro obligatorio, se haría cargo el Consorcio de Compensación de Seguros de las lesiones, que posteriormente repercutirá el importe abonado al conductor responsable. Es decir, el Consorcio atiende los daños causados a terceros, y posteriormente podrá reclamar su importe al conductor. Con ello se garantiza el derecho del perjudicado a ser indemnizado.
En definitiva, es importante reclamar en el menor plazo posible, y asesorarse convenientemente sobre las cuantías indemnizatorias, por cuanto el baremo por el que se fijan las cuantías indemnizatorias es bastante extenso, y en determinadas cuestiones puede ser complejo, por lo que es importante contar con el asesoramiento de un Abogado especializado en responsabilidad civil y accidentes de tráfico.
