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Trabajar en verano: medidas ante la ola de calor

Trabajar en verano, medidas ante la ola de calor

Ya estamos en verano y eso supone un aumento de temperaturas que en la playa se soportan bien, pero en el lugar de trabajo se deben adoptar las medidas de acondicionamiento necesarias según a la actividad que se desarrolle. 

No es lo mismo trabajar en una oficina con aire acondicionado que al aire libre, en la construcción o de recolector. Por eso, el Real Decreto 486/1997 que establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, regula las herramientas y medidas que se deben adoptar ante temperaturas extremas como el calor en verano o incluso la radiación solar a través de ventanas, pero no solo eso, también regula las medidas a adoptar en caso de cambios bruscos de temperatura, irradiación excesiva, etc. 

Trabajar en verano, medidas ante la ola de calor

Pasamos a detallar las medidas a adoptar según el trabajo que se realice (Art. 7, Anexo III): 

1.- Si se realizan trabajos sedentarios propios de oficinas o similares, la temperatura en las instalaciones debe estar comprendida entre los 17º y los 27º, aunque según las recomendaciones realizadas en materia de cambio climático, se establece como temperatura ideal a 24º. 

2.- Los trabajos que se realicen en locales donde se realicen trabajos en movimiento, como las tiendas de ropa o almacenes, deben comprender una temperatura entre los 14º y los 25º y con un índice de humedad relativa entre el 30% y el 70%, excepto donde existan riesgos por electricidad estática, que el que siempre deberá ser superior al 50%

3.- En los lugares de trabajo al aire libre como el de jardinero o en la construcción, así como aquellos locales que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas de protección para que los trabajadores puedan protegerse de las inclemencias del tiempo, como por ejemplo: 

  • Adaptar los horarios para evitar trabajar en las horas de más calor 
  • Habilitar zonas de descanso con agua para hidratarse y refrescarse 
  • Establecer pausas y descansos en lugar de sombra 

Si la empresa no adopta las medidas descritas, y te ves en una situación de trabajo extrema, estará incumpliendo su obligación de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, por ello, tienes derecho a reclamar y desde www.tienesderechos.es queremos ayudarte. 

Del mismo modo, en caso de sufrir un accidente laboral mientras trabajas en una situación extrema, el empleador puede ser sancionado a pagar el recargo de prestaciones por incumplimiento, así que ya seas trabajador o empresario, revisa las condiciones de trabajo y evita males mayores que puedan ser provocados por el calor.

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