Seguro que en más de una ocasión mientras ibas conduciendo, al llegar a un paso de cebra, te has encontrado un ciclista o una persona subida en un patinete que ha pretendido cruzar sin detenerse. Bien, pues es ilegal, y a continuación os explicamos los motivos:
1. Normativa aplicable:
Circular en bicicleta o patinete conlleva el cumplimento de prácticamente todas las normas generales de circulación aplicable a las motocicletas de dos ruedas, pues son considerados a nivel legal iguales. Por lo que de la misma manera que no irías subido en una moto por la acera y te atreverías a cruzar de una a otra a través del paso de cebra, en bicicleta y patinete tampoco debes hacerlo.
De hecho, el propio Reglamento General de Circulación así como la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial recogen en sus textos que los peatones son los únicos que tienen prioridad absoluta al cruzar por un paso de cebra. De forma que si vas subido en la bicicleta o en un patinete recuerda que NO eres considerado un peatón, y por lo tanto tendrás que bajarte y cruzarlo andando.
2. Excepción:
Como toda norma que se tercie en nuestro ordenamiento jurídico, en este caso, también existe una clara excepción. Hay que tener en cuenta que, en aquellos casos en los que circules subido en una bicicleta o en un patinete y vayas por el carril bici, si al llegar a un paso de cebra te encuentras con que el carril bici continúa en paralelo, tendrás prioridad de paso como un peatón respecto a los vehículos que circulen por la carretera.
De ahí la importancia de aprovechar siempre que se pueda, la existencia de un carril bici. Así evitaremos imprudencias, cometer infracciones y lo que es más importante; evitaremos el riesgo de poder sufrir un atropello.
