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Qué hacer tras sufrir un accidente de tráfico: pasos a seguir

Qué hacer tras sufrir un accidente de tráfico: pasos a seguir

Seguramente todos hemos vivido o visto algún accidente de tráfico en los últimos años, ya que se trata de una situación muy común en la vida cotidiana. Se estima que en España hay más de 70.000 accidentes de tráfico al año, donde se ven implicados dos o más vehículos.

Queremos explicar qué tenemos que hacer en caso de tener un accidente de tráfico, si bien es necesario comenzar exponiendo que en España todos los vehículos que quieran circular por la calle deben tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Este seguro puede ser de varias clases, lo más comunes son: el seguro a terceros y el seguro a todo riesgo. La principal diferencia es que, en el seguro a todo riesgo, se cubren todos los daños materiales, aunque se sea el culpable/responsable del accidente. Hay que recordar que la multa por no tener contratado un seguro de coche puede ir desde los 601 hasta los 3.005 euros.

Pues bien, en caso de tener un accidente, lo primero que tenemos que hacer es firmar una declaración amistosa de accidente (DAA o también conocido como Parte Amistoso), y en caso de no disponer de una copia en el momento, debemos llamar a la Policía o Guardia Civil para que confeccione el correspondiente informe policial recogiendo todos los datos del siniestro. La tercera opción, que no se recomienda ya que es la que mayores problemas da a la hora de gestionar un siniestro, es que ambos conductores se faciliten todos los datos de contacto, matrículas de los vehículos y datos de los seguros. En todos los casos, se recomienda tomar fotos y conseguir los datos de algún testigo presencial por si los necesitáramos en un futuro.

Una vez tengamos todos los datos de los vehículos implicados, tenemos que informar a nuestro seguro que hemos tenido un accidente, porque así lo establece la ley. La principal forma de hacerlo es llamando por teléfono a nuestro propio seguro, pero hoy en día, se puede hacer también por correo electrónico o por la aplicación del móvil.

Es curioso que, cuando tenemos un accidente de tráfico, nuestra primera preocupación es que nos arreglen los daños materiales que hay en nuestro coche, pero lo que la gente desconoce es que en un accidente de tráfico también se puede tener derecho a una indemnización por los daños físicos o personales.

Respecto de los daños materiales, si somos culpables del accidente, sólo nos repararán los desperfectos del vehículo en caso de tener el seguro a Todo Riesgo. En caso de no ser el responsable del accidente, el seguro del coche contrario responderá por todos los daños ocasionados en nuestro vehículo a raíz del golpe.

Por ejemplo, el accidente más común es aquel en el que un coche no le da tiempo a frenar y golpea a otro en su parte trasera. En estos casos, el culpable del accidente será el vehículo que iba circulando detrás por no respetar la distancia de seguridad. Por tanto, el seguro del coche que golpea se hará cargo de todos los daños ocasionados al vehículo golpeado. En la actualidad, respecto de los daños materiales, las compañías aseguradoras tienen convenios entre ellas y mecanismos internos para solucionar todas las reclamaciones de este tipo de daños.

Respecto de los daños personales, independientemente del tipo de seguro que tengas, tu seguro siempre tendrá que indemnizar por los daños personales ocasionados en el accidente a las personas no culpables del accidente. Por este motivo, todas las personas que NO conducían cuando ocurrió el accidente tendrán derecho a ser indemnizados por los daños personales.

Un requisito indispensable para poder cobrar una indemnización por los daños personales sufridos es acudir a un centro médico dentro de las 72 horas después del accidente, normalmente suele ser el médico de urgencias o la propia mutua del trabajador (si hablamos de accidentes producidos in itinere) donde normalmente se realizan pruebas como una radiografía para descartar cualquier tipo de lesión ósea. La lesión más común en este tipo de accidente es la “cervicalgia” es decir, una lesión en la zona del cuello debido al latigazo cervical sufrido por el golpe.

Tras acudir a urgencias, debemos de seguir el tratamiento médico pautado por los facultativos: lo más normal es que después de unos días de reposo, nos prescriban tratamiento rehabilitador para relajar la zona afectada y así curar nuestras lesiones.

La indemnización a la que tenemos derecho va en función principalmente de los días que necesitemos para curarnos de nuestras lesiones. La Ley prevé que, por cada día de tratamiento médico, tenemos derecho a una cuantía determinada que es más alta cuanto mayor es el perjuicio sufrido. Por ejemplo, si no podemos ir a trabajar por culpa del accidente, la indemnización será mayor. Por tanto, para poder reclamar una indemnización por daños personales, lo más importante es estar en posesión de todos los documentos médicos que nos hayan facilitado, para poder justificar y probar el daño que hemos sufrido.

Hemos de indicar que no solo los conductores y ocupantes de un vehículo tienen derecho a una indemnización tras sufrir un accidente de tráfico; si eres peatón o estás montado en bicicleta, también tendrás derecho a una indemnización, siempre que no seas responsable del provocar el accidente.

En las próximas publicaciones os contaremos más situaciones de la vida cotidiana y cómo reaccionar ante ellas o qué hacer frente a esos hechos y cuáles son las consecuencias jurídicas que podrían tener.

No dudes en contactarnos para cualquier duda que tengas.

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